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Nueva Economía > Internet en la vida cotidiana © Copyright de este texto MÚSICA EN INTERNET Un sector que baila al son de los usuarios La distribución de música a través de la red ha causado la mayor revolución comercial vivida por Internet desde su popularización. Autores, productores y artistas se han encontrado con que las facilidades técnicas que ofrece la web y la aparición de nuevos sistemas de relación entre usuarios han determinado que el control de la industria no esté en sus manos. En definitiva, el sector vive la peor de sus pesadillas: los consumidores mandan. Enero 2001. "La industria de la música tradicionalmente ha atacado cualquier nuevo formato, aunque luego ha impulsado cada uno de ellos. Cuando los ha explotado de verdad esa supuesta amenaza ha hecho crecer exponencialmente su negocio". Son palabras de Gustavo Entrala, subdirector de Recoletos.com, en el marco del I Encuentro Especializado Música online, organizado por Recoletos Conferencias y Formación. Para Entrala, "ha ocurrido una auténtica revolución con respecto a la música, pero las discográficas no quieren entrar en el nuevo modelo de negocio que plantea Internet. Es necesario que vuelvan a mirar al mercado". Un mercado que ha sorprendido a todos al saltarse las reglas establecidas por la industria y, a partir de casos como los de MP3, Napster o Gnutella, establecer nuevas formas de relación entre el producto y el usuario final. El problema ha surgido en el momento en que esa nueva relación ha tardado en abordarse desde las asociaciones de gestión de derechos de propiedad intelectual (intermediarias entre los medios e instituciones que utilizan la música y sus autores) y desde las compañías discográficas. "Lo que crea tan nuevo es un mercado que antes no existía. La técnica ha posibilitado explotar comercialmente la música en Internet, pero no es admisible que alguien se apropie de ella y la distribuya sin que reporte nada a su creador", señala Carlos Grande, de Afyve, asociación que engloba a la industria fonográfica española. Propiedad intelectual Precisamente la reclamación de los derechos de propiedad intelectual que detentan autores y artistas y los de propiedad industrial de las compañías de discos constituyen el eje de las reclamaciones de todos ellos contra los sistemas de distribución gratuitos, y su principal bloque de argumentos contra los sistemas de intercambio de archivos musicales. Enrique Loras, director general de la Sociedad General de Autores y Editores, considera que "hay que ver más las oportunidades que las amenazas y hay que ocupar los espacios que abren los nuevos negocios. Además, las entidades de gestión colectiva tienen que convertirse en el motor de la industria que se crea en Internet usando la tecnología de la información". Lo que sea, utilizando los medios más avanzados a su alcance, para evitar que se repita el escalofriante dato para la industria de 1999: se estima que ese año se produjeron en el mundo 1.000 millones de descargas ilegales de archivos musicales, a razón de 3 millones diarios. Según Carlos Grande, de Afyve, "la piratería en la red supone un atentado para la creatividad de los artistas y para las inversiones de los productores", una agresión que, de no atajarse, podría acabar con la industria. Soluciones normativas Pero a grandes males, grandes remedios, y a males globales, remedios lo más globales posible. Los afectados por la difusión de archivos musicales sin control por Internet reclaman medidas internacionales que permitan luchar contra esa piratería en el mismo escenario indefinido en que actúa. Como señala Carlos Grande, "las leyes de propiedad intelectual existentes son válidas, pero no suficientes porque la vulneración de derechos que utiliza medios tecnológicos tiene que responderse utilizando también esos medios. Ha de haber medidas técnicas que protejan esos derechos". En esta línea se encuentra la directiva comunitaria sobre protección de derechos de propiedad intelectual en Internet. Hugo Écija, socio director de Écija & Asociados, explica que esta norma "crea un nuevo derecho, el de puesta a disposición del público, que puede ser ejercido por el autor para poner esa obra en Internet, incluye las obras digitales en la definición del derecho de reproducción y establece medidas de protección jurídica de las medidas tecnológicas (encriptación, códigos de acceso y watermarking)". Sin embargo, el problema, para Écija, no es normativo, sino cultural: la tradición legislativa continental se fundamenta en la regulación máxima, con indicaciones extremas de lo que se puede y lo que no se puede hacer, en contraposición con la cultura anglosajona en este sentido, basada en la construcción de la norma a partir de la interpretación judicial que se hace de la regulación básica inicial. "¿Hasta qué punto se adaptará a Internet un sistema como el continental? Por eso la directiva europea lleva meses desarrollándose y cada vez se enfrenta a más problemas", señala Écija. Artículos > Nueva Economía > Internet en la vida cotidiana |